RECORDARIS: A UN AÑO LA PRIMERA ORDENANZA MUNICIPAL CONTRA LA DISCRIMINACIÓN


NOTA DE PRENSA

Hace un año, el 28 de febrero de 2008, se marcó un hito fundamental en la lucha contra el racismo y la discriminación en el Perú. En dicha fecha, la Municipalidad Provincial de Abancay publicó la Ordenanza 002-2008-A-MPA, por la cual prohibió la discriminación en todas sus formas.

En los siguientes meses, al ejemplo de Abancay se sumaron las municipalidades provinciales de Huamanga, Andahuaylas, Huancayo, Sullana y Chanchamayo y las municipalidades distritales de Jesús Nazareno y San Juan Bautista (Huamanga), Matahuasi (Junín), Catacaos (Piura), Miraflores y Jesús María (Lima).

"La Ordenanza 002 fue la primera en señalar que la discriminación era aquel acto que tiene como intención o efecto, excluir, tratar como inferior a una persona, o grupo de personas, sobre la base de su permanencia a un grupo social; y que tiene como objetivo disminuir sus oportunidades y opciones o anular o menoscabar el reconocimiento de sus derechos.

Definitivamente, esta ordenanza constituyó un aporte fundamental ya que, hasta entonces, solo se consideraban discriminatorios los actos que tuvieran 'intención de discriminar' y esta resultaba muy difícil de probar", señaló el Abogado Wilfredo Ardito, responsable del área de Derechos Económicos, Sociales y Culturales de APRODEH.

"Es la primera vez en la Historia del Perú , que se incluyó causales muy serias de discriminación como la orientación sexual y la actividad, que afecta especialmente a las trabajadoras del hogar.




Estableció que tampoco podrá haber discriminación por indocumentación, señalando que el DNI debe ser exigido para acreditar la identidad en algún trámite, pero no para impedir el acceso a instituciones públicas o privadas", agregó, destacando como hecho que, a las pocas semanas, el Gobierno Regional de Apurímac dejó de solicitar DNI a las personas que pretendían ingresar a sus oficinas.


Ardito afirma que la ordenanza ha incentivado el manejo del quechua por parte del personal de la Municipalidad que también está tajantemente prohibido de emplear expresiones discriminatorias.

"La Municipalidad se comprometió a denunciar ante el Ministerio Público a los funcionarios que incurran en discriminación, a fin de que sean sancionados según el artículo 323 del Código Penal.

Este establece una pena de hasta 4 años de prisión para los funcionarios públicos que cometan actos discriminatorios", refirió.

Desde esta linea editorial felicitamos a las instituciones y organismos estatales de hacer realidad leyes que luchen contra la discriminación en todas sus modalidades, resaltando el hecho que cada vez existen más municipalidades preocupadas por enfrentar la problemática de la discriminación.

Es muy importante destacar que el fenómeno que comenzó en la ciudad de Abancay se haya extendido a lo largo y ancho del Perú. La última norma fue la Ordenanza de Chanchamayo, publicada el sábado pasado.


LINEA DE COMUNICACION
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